Condiciones

Condiciones

CONDICIONES GENERALES

de la sociedad de responsabilidad limitadaVWS Export – Import of Flowerbulbs B.V., con sede en Broek op Langedijk.

  1. Definiciones

En estas Condiciones Generates de yenta y entrega se entendera por los siguientes terminos:

“Condiciones Generales”: a las presentes condiciones generates de yenta y entrega de VWS; “

“Cliente”: a la parte contraria de VWS;

“Contrato”: at contrato celebrado entre VWS y el Cliente;

“VWS”: a la sociedad de responsabilidad limitada VWS Export – Import of Flowerbulbs B.V., con sede en Broek op Langedijk.

  • Aplicabilidad
    • Estas Condiciones Generales seran aplicables a todas las ofertas, pedidos y contratos en los que VWS actuara como parte. Las presentes Condiciones Generales se aplicaran integramente entre VWS y el cliente, salvo que VWS acuerde por escrito apartarse de ellas
  • Ofertas
    • Salvo que en el texto de la oferta se indicara de otra manera, todas las ofertas de VWS no supondran compromiso alguno. VWS declara expresamente que los precios podran sufrir modificaciones entre el momento de presentar una oferta y la perfeccion del Contrato.
  • Contrato
    • Determinado contrato se considerara como perfeccionado recien despues de que VWS lo aceptara y confirmara por escrito.
  • Precios
    • Todos los precios se consideran desde el almacen de VWS y no incluyen IVA ni ningun derecho o arancel que deba ser pagado.
  • Entrega y transporte
    • Todas las entregas se realizaran desde el almacen de VWS (Ex Works), tal y como se establece en los Incoterms 2010 de la Camara de Comercio Internacional (ICC).
  • Pago
    • Salvo acuerdo escrito en contrario, los pagos deberan realizarse, sin ningun tipo de descuento o deduccion, a mas tardar, dentro de los 30 dias siguientes a la fecha de factura, en la cuenta bancaria de VWS indicada en la factura Al vencer el plazo de pago sin que el Cliente hubiera cumplido con su obligacion de pago, este sera considerado que incurre legalmente en mora Durante el periodo de la mora, el Cliente debera pagar a VWS un interes igual a la tasa comercial que legalmente este en vigor. En caso de mora del Cliente, VWS estara facultada, sin perjuicio de los demas derechos que le correspondieran, para cargar en la cuenta del Cliente todos los gastos incurridos por el cobro y la conservacion de sus derechos, entre los que se incluyen los gastos por asistencia juridica Los gastos extrajudiciales seran calculados conforme a la tarifa de cobro que maneja el Colegio de Abogados de los Paises Bajos.
  • Fuerza mayor
    • Por el termino “fuerza mayor” se entendera cualquier circunstancia por la que (ya) no se pudiera razonablemente exigir por parte de VWS el cumplimiento parcial o total del Contrato, independientemente de si dicha circunstancia surgiera por parte de VWS, sus proveedores o en cualquier otro tercero
  • Disolucion, anulacion y suspension
    • VWS estara facultada para rescindir por escrito la totalidad o parte del Contrato celebrado con el Cliente, sin necesidad de intimar para ello al Cliente, asi como para suspender sus obligaciones, reclamar los productos entregados bajo reserva de dominio y/o de exigir el pago inmediato de todo lo que le debiera pagar el Cliente, si se presentara alguno de los siguientes casos:
      • si se tratara de un incumplimiento total o parcial por parte del Cliente de sus obligaciones para con VWS, incluso si no se le pudiera atribuir dicho incumplimiento al Cliente;
        • si VWS tuviera razones validas para suponer que el Cliente no cumplira o no podra cumplir con sus obligaciones frente a VWS y el Cliente negara un pedido por parte de VWS para que informe por escrito y dentro de un plazo razonable, que procedera a cumplir con dichas obligaciones para con VWS;
  • Reserva de dominio
    • Todos las mercancias que entregara VWS seguiran siendo propiedad suya hasta que el Cliente pagara integramente todo lo que se relacionara con la contraprestacion por los productos entregados o a ser entregados por VWS al Cliente en virtud del Contrato y los importes relacionados con las actividades realizadas o a ser realizadas en virtud del contrato pertinente, asi como todas las reclamaciones por incumplimiento de tales contratos.
  • Garantia
    • La autenticidad de la especie de todos los articulos entregados por VWS está garantizada por la empresa, con excepcion de lo establecido en el articulo 8 y teniendo en cuenta lo establecido en el articulo 12 de estas Condiciones Generales.
  • Responsabilidad
    • La responsabilidad de VWS, entre otros, por las mercancias entregadas por la empresa, su asesoramiento, la mediacion facilitada y/o la asistencia prestada se limitary a lo que se establece en estas Condiciones Generales. VWS excluye expresamente otras formas de responsabilidad VWS excluye expresamente otras formas de responsabilidad.
  • Reclamaciones
    • En la entrega, el Cliente estary obligado a verificar que Ia mercancia entregada no contenga fallas o defectos. Los defectos visibles que en dicho momento se hallaran, deberyn ser comunicados por carta certificada dentro de los 8 dias de realizada la entrega, especificando exactamente la naturaleza y la forma de las fallas o defectos, bajo pena de caducidad de los derechos del Cliente Las reclamaciones relacionadas con grandes fallas o defectos de los articulos entregados por VWS deberyn ser comunicados por escrito dentro de 24 horas.
  1. Material publicitario
    1. El material publicitario que VWS pone en circulacion y que utilizan sus clientes seguira siendo de propiedad de VWS y no podra ser utilizado por el Cliente de otro modo o para otros fines sino aquellos por los que ha sido puesto a su disposicion
  2. Derecho aplicable yjuez competente
    1. Cualquier conflicto que pudiera surgir y que tuviera relacion con el contrato celebrado entre VWS y sus clientes, y del que estas Condiciones Generales forma parte integral, sera sometido a juicio ante los Tribunales competentes de Alkmaar el Reglamento (CE) num. 44/2001 del Consejo de fecha 22 de diciembre de 2000 relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecucion de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (el Reglamento EEX) o al Convenio relativo a la competencia judicial y ejecucion de resoluciones en materia civil y mercantil de fecha 1 6 de septiembre de 1 988 (el Convenio de ejecucion CEE-EVA), cualquie conflicto que pudiera surgir del presente contrato o de contratos posteriores relacionados con este, sera resuelto conforme el Reglamento de Arbitraje del Instituto de Arbitraje de los Paises Bajos. Todos los contratos se regiran unicamente por el Derecho vigente en los Paises Bajos.
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